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Información general

Riesgos psicosociales
¿Qué son los FACTORES psicosociales en el trabajo?

Los factores psicosociales son entendidos como aquellas situaciones y condiciones del trabajo que se relacionan con el tipo de organización, el contenido del trabajo y la ejecución de la tarea, los cuales tienen la capacidad de afectar en forma positiva o negativa el bienestar y la salud (física, psíquica o social) del trabajador y sus condiciones de trabajo. En este último aspecto, es importante considerar que cuando un factor tiene la capacidad de afectar en forma negativa, estaríamos hablando de Riesgo Psicosocial.

Según el Comité Mixto OIT/OMS, los factores psicosociales consisten en interacciones entre aspectos del trabajo (por ejemplo, las tareas, el ambiente y las condiciones de organización) y aspectos del trabajador (por ejemplo, las capacidades del trabajador, sus necesidades, cultura y su situación personal fuera del trabajo) los cuales, a través de percepciones y experiencias, pueden influir en la salud, el rendimiento y la satisfacción en el trabajo.

¿Qué es el Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo?

Mediante resolución exenta N°336 de 2013 fue aprobado el “Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo”, cuyo objetivo es contar con un instrumento que entregue las orientaciones técnicas para medir la existencia y magnitud de estos factores en las distintas organizaciones de nuestro país, generando recomendaciones para disminuir la incidencia y prevalencia del estrés laboral y los problemas relacionados con la salud mental de los trabajadores.

El 11 de octubre de 2022 el Ministerio de Salud promulgó mediante la Resolución Exenta N°1.448, la “actualización del Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo”, dejando sin efecto la Resolución Exenta N°1.433 del año 2017. Esta actualización ocurre como producto de las experiencias y aprendizajes de la aplicación del protocolo desde su oficialización en el año 2013, y las transformaciones que se han producido en el mundo laboral, con el objeto de contribuir con ambientes de trabajo que favorezcan la salud mental de sus trabajadores/as.

Por otro lado, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) promulga mediante la circular N°3.790 del 9 de noviembre de 2022, el nuevo Manual del método cuestionario CEAL–SM / SUSESO, el cual establece las bases metodológicas para la evaluación y gestión del riesgo psicosocial en los centros de trabajo de las empresas y organizaciones afectas a la Ley N°16.744.

¿Por qué es importante medir los factores de riesgo?

La medición es importante porque nos permite tener una visión respecto de las diversas condiciones implicadas en el trabajo, las que pueden constituirse en factores de riesgo para la salud de las personas, los equipos de trabajo y las organizaciones.

A través de la medición podemos:

  • Identificar, evaluar y vigilar la exposición ambiental a factores de riesgo psicosocial laboral en los centros de trabajo del país.
  • Caracterizar variables de género, edad, ocupación, actividad económica y áreas geográficas de acuerdo con el grado de exposición a factores de riesgo psicosocial laboral.
  • Generar orientaciones para la gestión del riesgo psicosocial en el trabajo y la protección de la salud de los trabajadores/as.
  • Ser un instrumento para la vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores/as.
  • Contribuir al cuidado y promoción de la salud mental de los trabajadores/as en sus centros de trabajo.
¿Es obligatorio medir los factores de riesgo?
Todas las empresas u organizaciones deben medir su nivel de riesgo psicosocial.

De acuerdo al Código del Trabajo, Art. 184 “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”. Asimismo, de acuerdo al D.S. 40, el empleador debe informar a sus trabajadores sobre los riesgos inherentes al proceso productivo.

El protocolo comenzó a regir el 01 de septiembre de 2013. Durante el período comprendido entre el 01 de septiembre de 2013 y el 31 de agosto del 2015 fueron considerados como rubros priorizados para fiscalización, los siguientes:

  • Comercio (Retail), (Códigos de Actividad Económica 521, 522 y 523).
  • Transporte, (Códigos de Actividad Económica 601, 602, 621, 630).
  • Intermediación financiera, (Códigos de Actividad Económica 651, 659, 660, 671, 672).

Sin embargo, desde el 1 de septiembre de 2015 todas las empresas y organismos  podrán ser fiscalizados por la autoridad sanitaria para comprobar la implementación del Protocolo.

¿Qué documentación se solicitará al momento de la fiscalización?
La empresa debe llevar registro de las acciones realizadas en la implementación del protocolo, a través de una bitácora que contenga la siguiente información:

  • Nombre o Razón Social de la entidad empleadora, y su RUT. Fecha de constitución del comité de riesgos y la nómina de sus integrantes.
  • Fechas y contactos realizados con los distintos interesados.
  • Fechas de las reuniones preparatorias (Se deberá mantener copia de las actas de las reuniones)
  • La forma y medios de la campaña de sensibilización, adjuntando elementos que se hayan utilizado (por ejemplo, volantes electrónicos o de papel, o carteles).
  • La o las fechas de aplicación del Cuestionario.
  • El formato que se eligió para la aplicación del Cuestionario (electrónico o en papel).
  • Fecha de la realización de la reunión de discusión de los resultados en las distintas unidades de trabajo.
  • Las fechas y participantes de los grupos focales que complementan la medición de riesgo con metodologías cualitativas.
  • Las medidas que se haya acordado realizar, los responsables de su implementación y el calendario para su aplicación.

 

¿Cuál es el rol del empleador frente a la identificación y medición de los riesgos psicosociales?
Será responsabilidad del empleador medir la exposición a riesgo psicosocial y contar con acciones necesarias para disminuir y/o eliminar sus efectos. Lo anterior se realiza mediante la planificación y ejecución de acciones específicas, así como implementando campañas de difusión y sensibilización. El objetivo de esto es informar respecto a la medición y conseguir una alta participación de los trabajadores en la aplicación del cuestionario.
¿Cuál es el rol del trabajador frente a los riesgos psicosociales?

La responsabilidad del trabajador es estar informado y ser protagonista activo y vigilante de los factores de riesgo presentes en su trabajo, así como de participar en las mediciones de riesgo psicosocial.

¿Cuál es el rol de las organizaciones al interior de la empresa, comités paritarios, asociaciones gremiales, sindicatos, etc.?

El rol de las organizaciones de trabajadores -independiente de su naturaleza y motivación de asociación- es conocer los factores y riesgos psicosociales, mantenerse informados sobre la situación de éstos en su empresa, y tener un rol activo y de colaboración en la construcción de medidas y estrategias que aminoren los riesgos, participando en el Comité de Aplicación.

¿Cuál es el rol del área de RRHH frente a los riesgos psicosociales?

Participar activamente en el proceso de implementación del Protocolo, formando parte activa del Comité de Aplicación.

¿Cuál es el rol del Comité de Evaluación y Gestión de Factores Psicosociales?

El Comité de Aplicación -CdA- cumple un rol fundamental en la implementación de la metodología, ya que, si bien es el empleador el responsable de cumplir con la normativa, el comité es la instancia de participación interna de la organización, para la implementación, seguimiento y vigilancia de cada una de las etapas de la metodología.

Entre las principales funciones del CdA se encuentran:

  • Liderar el proceso de implementación del protocolo
  • Velar por el cumplimiento de las condiciones de la evaluación de riesgos psicosociales y por la confidencialidad y anonimato en la aplicación del cuestionario
  • Tomar las decisiones necesarias y aplicar los criterios que se requieran durante el proceso de evaluación e implementación de medidas correctivas

El comité debe estar compuesto por personas que representen los siguientes estamentos dentro de la empresa:

Representantes de los trabajadores:

  • Representante(s) de los trabajadores del Comité Paritario de Higiene y Seguridad
  • Representante(s) del o los sindicatos (de no existir sindicato, el representante deberá ser elegido en votación por los trabajadores)

Representantes del empleador:

  • Representante(s) del área de RR.HH
  • Encargado de prevención de riesgos u otro que el empleador determine
¿Cuál es el rol del IST frente a los riesgos psicosociales?

El IST, como organismo administrador de la ley 16.744, tiene la misión y responsabilidad de asesorar a sus empresas adherentes, gestionar y asistir técnicamente los programas de vigilancia ambiental del centro de trabajo y notificar a los organismos normativos y fiscalizadores en los casos establecidos por el Protocolo y/o cuando la autoridad lo requiera.

¿Cuál es rol de SEREMI Salud frente los riesgos psicosociales?

Su función y responsabilidad es la fiscalización de las normativas legales vigentes, impartidas por los propios organismos estatales u otros que los faculten, respecto a la salud y seguridad en el trabajo. Específicamente, en materia de riesgo psicosocial, le corresponde velar por el cumplimiento del protocolo.