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Se crea el fondo que financiará el seguro para acompañamiento de niños

por | May 5, 2017 | Noticias, Portada | 0 Comentarios

La Ley N° 21.010, modificó la cotización extraordinaria para el Seguro Social Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y creó el Fondo que financiará el Seguro para el Acompañamiento de los Niños y Niñas (SANNA).

NUESTROS ADHERENTES DEBEN CONTINUAR PAGANDO DURANTE 2017 AL INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO SU COTIZACIÓN VIGENTE, SIN MODIFICACIONES.

 Desde 1 de abril de 2017: 0,90% + cotización adicional + 0,05%

El desglose del destino de esta última tasa de 0,05%, será el siguiente:

  • 0,04% al Seguro de la Ley N°16.744 y 0,01% al Fondo SANNA.

A contar del 1 de enero de 2018, las empresas deberán pagar al respectivo Organismo Administrador de la Ley N°16.744 la tasa de cotización básica de 0,90%, más la cotización adicional que les corresponda, más una tasa de 0,03% de las remuneraciones imponibles.

Desde 1 de enero 2018: 0,90% + cotización adicional + 0,03%

El desglose del destino de esta última tasa de 0,03%, será el siguiente:

  • Año 2018:   0,015% al Seguro de la Ley N°16.744 y 0,015% al Fondo SANNA
  • Año 2019: 0,01% al Seguro de la Ley N°16.744 y 0,02% al Fondo SANNA
  • Desde 2020 en adelante: 0,03% al Fondo SANNA

Lo anterior debido a que la recaudación de esta cotización se efectuará por las mutualidades de empleadores y el Instituto de Seguridad Laboral, conjuntamente con las demás cotizaciones que recaudan para el financiamiento del seguro de la Ley N°16.744, y deberán mantenerla en una cuenta especial creada para este efecto.

  Ley N° 21.010 de Cotización Extraordinaria